La Pension no deberia causar ISR
Según la PRODECON el pago de la Pension no deberia causar ISR, pero actualmente el Gobierno está tomando hasta el 30% de lo que recibes de tu dinero de Afores, dicho en otras palabras, el SAT te quitará hasta 3 pesos de cada 10 que te entregue tu Afore cuando te jubiles. “ah bueno!!! 3 pesos es poco“, pero si te digo que por cada 100,000 te quitarán 30,000 y por 200,000 te quitarán 60,000 y así suma 30,000 por cada 100,000 que te entreguen.
Aclaro que ese es el tope, pero la gran mayoría de los Mexicanos que se pensionan tienen una tasa mas baja, donde están recibiendo un 20% menos de lo que realmente les correspondería por su dinero ahorrado para la pensión.
Todo lo anterior se debe a una disposición fiscal que genera que trabajadores en edad de retiro pierdan una buena cantidad del dinero que estuvieron ahorrando mientras trabajaban para poder tener una pensión digna. Lo que en realidad resulta en una doble tributación, ya que ya pagaste impuestos mientras estuviste trabajando y te descontaron ISR de tu ingresos, y ahora te cobran nuevamente ese impuesto cuando decides jubilarte.
Resulta que la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) no reconoce el ahorro acumulado en la Afore como una prestación, sino como un ingreso para el trabajador.
La buena noticia es que la PRODECON ya empieza a cuestionar esa disposición en los tribunales, pues considera que el ahorro para el retiro NO debe ser gravado con tasas de 20 y hasta 30% de impuestos, por ser una prestación y no un ingreso.
Recordemos que en las cuentas individuales gestionadas por las Afore se va guardando el ahorro que no puede ser tocado hasta que el trabajador cumpla al menos 60 años y por disposición de la Ley del ISR, al momento de retirarlo debe pagar el impuesto como si correspondiera a un ingreso.
De ese dinero hay una parte exenta que marca la ley del ISR, pero solo equivale a $6,000 por año aportado a la subcuenta de retiro de la Afore. Si un trabajador aportó 10 años, podrá exentar solo 60,000 pesos y por el resto del dinero que reciba deberá pagar impuestos.
El monto exento es muy pequeño pues considera un ahorro por año de 6,000 pesos que equivale a 500 pesos mensuales.
Cabe aclarar que la misma Ley considera que cuando una persona obtiene ingresos acumulados de distintos ejercicios en una sola exhibición tiene un tratamiento fiscal especial. Tal es el caso del pago que realiza una empresa hacia el trabajador en una separación laboral por liquidación, porque considera que es un ingreso producto de varios años de servicio y no como un ingreso obtenido en ese momento.
Basados en lo anterior, el dinero de las Afores también es un ingreso producto de lo acumulado en varios años de trabajo y no un ingreso obtenido en ese momento, por lo que debería ser considerado como una indemnización y tener un trato fiscal especial.
La opinión de la PRODECON es que esos retiros de las Afore tienen que tener un tratamiento fiscal específico. Y por eso ha empezado a promover algunos medios de defensa respecto de los retiros que realizan los contribuyentes.
La PRODECON ha impugnado esa decisión en los tribunales, para que el retiro sea considerado como parte de una prestación laboral; dicen que han obtenido sentencias favorables prácticamente en todos los casos que se han llevado para defender al trabajador. Aunque la exención del pago de Impuestos NO es total, la tasa de impuesto que se le aplica a los contribuyente que ganan el juicio, es mucho más baja que la original.
Según comparte la PRODECÓN, la tasa de impuesto que pagan en el momento que retiran los fondos de su Afore es de entre 20 y 30 por ciento, pero llevando el juicio la tasa de interés se puede reducir a nives del 5% ó 10% como máximo.
Indican que a la fecha han llevado más de 900 casos de forma directa, pero de forma indirecta hablan de más del doble de esa cantidad, es decir más de 1,800 casos. Así que por los antecedentes y tesis que se han estado emitido, los nuevos casos se están resolviendo muy rápido. Algunas autoridades empiezan a reconocer que este dinero debe tener un tratamiento fiscal especial y las solicitudes de devolución de las cantidades que en su momento el trabajador pagó de mas, se recuperan más rápidamente.
Según la PRODECON, el proceso lleva de 6-12 meses de juicio y de 2 a 3 meses cuando ya se tiene la sentencia favorable. Una demanda que dura de 8 a 15 meses la considero larga y no “ágil”, pero para la burocrática justicia mexicana, se considera un proceso rápido.
Finalmente ésto puede ser el principio de algo bueno para todas aquellas persona que se han pensionado recientemente o los que ya lo hicieron.
NO dejes que el gobierno te quite tu dinero, pelea tu derecho y busca recuperarlo si ya te pensionaste o prepárate para hacerlo si te vas a pensionar próximamente, recuerda que la pension no debería causar ISR, ya que es producto de una prestación laboral y no un ingreso.
Ingeniero con mas de 15 años de experiencia en temas de Infonavit, Cofinavit, Apoyo Infonavit, mejora de hipotecas tanto de Infonavit como con bancos. Comparto información sobre tus derechos como deudor para manejar crisis financieras personales y buscar alternativas para salir de ellas; el estrés y el miedo hacen mucho daño!!!.