La Dacion en Pago elimina deudas si es Bien Realizado

La Dacion en Pago es una forma para terminar con una deuda entregando algo distinto a lo que se debe (generalmente un bien mueble o inmueble), en lugar del dinero que se adeuda.  Cuando una persona tiene una deuda y se dá cuanta que no puede seguirla pagando,  pero tiene la firme intención de terminar con  el adeudo y quedar bien “parado” al cumplir con su obligación y compromiso de pago, empieza a buscar alternativas para poder finiquitarla.

Antes de “meterse” con crédito más caros o incluso con agiotistas o pagarés, debe considerar que existe una opción que le permitirá terminar con el adeudo: La Dacion en Pago, que es perfectamente legal, pero debe ser realizada bajo un proceso específico para evitar ser engañado y terminar con la misma deuda y habiendo entregado un bien al acreedor.

A continuación explicaremos los dos puntos más importantes para realizar  la Dacion en Pago de una manera correcta: a) Su fundamento Legal y b) El proceso para evitar engaños.

a) Fundamento Legal de la Dacion en Pago:

DACION EN PAGOLa Dacion en Pago existe, es legal y se encuentra sustentada en el artículo 2,095 del Código Civil Federal que dispone:

“ARTICULO 2,095.- La obligación queda extinguida cuando el acreedor recibe en pago una cosa distinta en lugar de la debida.”

También hay  criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

Registro No. 194120

Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
IX, Abril de 1999
Página: 521
Tesis: I.3o.C.166 C
Tesis Aislada
Materia(s): Civil

DACION EN PAGO. EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE LA EXACTITUD EN LA SUSTANCIA DE LOS PAGOS.  Conforme al principio de la exactitud en la sustancia de los pagos, el deudor sólo puede entregar exactamente la cosa o prestación debida, y el acreedor de cosa cierta no puede ser obligado a recibir otra aun cuando sea de mayor valor. Ahora bien, el convenio de dacion en pago se presenta como una excepción a tal principio, al derivarse de dicho acuerdo de voluntades que la obligación queda extinguida cuando el acreedor recibe en pago una cosa distinta en lugar de la debida, en términos de lo dispuesto en el artículo 2095 del Código Civil del Distrito Federal. Resulta así que, si en un convenio de dacion en pago se hizo constar que el acreedor, con motivo de un contrato de crédito refaccionario con garantía prendaria y fiduciaria, aceptó recibir de sus deudores como pago de un crédito un objeto diverso del que se le debía, esto es, diversos bienes muebles e inmuebles valorados en moneda nacional, en lugar de dólares de curso legal en los Estados Unidos de Norteamérica, con tal proceder las partes se ajustaron estrictamente a lo dispuesto en los artículos 8o. y 4o. transitorio de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y, como consecuencia del mismo, la obligación del deudor quedó extinguida cuando su acreedor recibió en pago dichos bienes.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 3813/98. Banco del Centro, S.A., Institución de Banca Múltiple. 11 de febrero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Ramón Montes Gómez.

b) Proceso para hacer una correcta Dacion en Pago:

Algunas personas utilizan la Dacion en Pago, pero no siguen el proceso debido y en ocasiones llegan a ser víctimas de engaño, en especial con los créditos hipotecarios o automotrices.

Lo primero es revisar a conciencia la economía familiar y evaluar si se podrá seguir pagando o la deuda contraída. Si después de dicho análisis se llega a la conclusión de que no podremos seguir pagando, lo mejor es intentar devolver el bien adquirido u otro distinto que tenga un valor equiparable a la deuda, pero para ello hay que seguir los siguientes pasos:

1.- Hablar con el acreedor y explicarle nuestra situación financiera y que hemos determinado que no podremos seguir pagando la deuda contraída. Pero que queremos llega a un buen arreglo y cumplir de alguan forma lo convenido con él.

2.- Ofrecer un bien mueble o inmueble a cambio de cancelar la deuda.

3.- Negociar los términos de la dacion y la cancelación de la Deuda.

Convenio de Dacion en Pago4.- Hacer un convenio POR ESCRITO y firmado por las dos partes y al menos dos testigos, donde se estipulen claramente las condiciones, todo lo pactado y los compromisos de cada una de las partes.

Es en este punto donde muchas personas confían en la palabra del acreedor  y “sin más ni más”, le entregan las llaves y escrituras de la casa, o la factura, las llaves y el auto, confiando que con eso quedará cancelada la deuda.

Ahí empiezan los problemas, ya que al no haber nada por escrito, no hay compromiso de la cancelación y se podrían quedar con la deuda y sin el bien entregado.

En el caso de los créditos automotrices, puede pasar que con la recepción del auto solo cancelan una pequeña parte de la deuda porque hacen un avaluo de la unidad y lo toman a un valor inferior con el que no se alcanza a cubrir lo adeudado.

Por eso es importante que en el Contrato de Dacion quede claramente estipulado que se entrega el bien como Dacion en Pago y que el acreedor lo reciben en las condiciones en que se encuentra a cambio de la cancelación TOTAL de la deuda, y que no se reserva acciones legales de cobro presente o futuras en lo que respecta a la deuda, tanto para el deudor como para el aval, en caso de que lo hubiera.

Para el caso de las automotrices debe incluir también el compromisos de cancelación y/o entrega de los pagarés firmados.

Para el caso de las Hipotecas, cuidar incluir  la constancia de que en ese mismo acto se recibe todo lo necesario para la cancelación de la deuda; y para el caso particular de las deudas con INFONAVIT, se debe negociar directamente con el Instituto.

Si ya tomaron la decisión de entregar un bien como Dacion en Pago, por favor NO confíen en la buena voluntad o la palabra de quien les recibe el bien, siempre debe quedar todo por escrito y firmado. 

Antes de optar por la Dacion en Pago para liquidar tus deudas, por eso te sugiero leer: Proceso para salir de Deudas.

¿Has tramitado una Dacion en pago con INFONAVIT?, platícanos cómo te fué.