Fondo de Protección de Pagos Infonavit
Los créditos Infonavit tiene algunas opciones cuando, pierdes tu relación laboral y no puedes pagar tu crédito, una de ellas son las prórrogas, mismas que no recomendamos en absoluto por que solo sirven para incrementar tu deuda, al acumular los intereses no pagados a tu deuda total (Ver ¿Por qué el pedir una Prórroga no es buena idea?); otra alternativa es el Fondo de Protección de Pagos Infonavit, que es un especie de seguro que implementó el Infonavit a mediados de 2017 para los créditos desde el 2007, pero del que poco se habla.
Es uno de los esquemas de tipo FLEXIPAGO que maneja el Infonavit cuando pierdes tu relación laboral y no puedes pagar tu crédito Infonavit, donde cada mes te incluyen un porcentaje de tu mensualidad que tomarán para este fondo.
El fondo de proyección de pagos es un beneficio que cubre tu mensualidad hasta por 6 meses hasta por 6 meses, pero que solo puedes utilizar cada 5 años y deben haber pasado 4 meses de desempleo, siempre y cuando no tengas otro tipo de convenio o prórroga en el Infonavit.
A diferencia de la prórroga, en el fondo de protección de pagos, NO se capitalizan los intereses NO pagados, ni se incrementa el plazo de tu crédito.
Tanto la Prórroga como el Fondo de protección de pagos, se pueden usar de forma independiente, solo que no sean al mismo tiempo, es decir que puedes usar uno y si volvieras a perder tu trabajo y no puedes volver a utilizar el mismo que ya empleaste, puedes usar el otro esquema.
Puntos importantes del Fondo de protección de pagos,
- Se activa siempre y cuando autorices que te descuenten de tu sueldo una cantidad adicioal a tu pago mensual del crédito y no pierdas tu empleo durante los primero 6 meses de cotización.
- Te cubre una parte de la mensualidad y tu debes abonar otro parte, aunque no te cargan intereses a tu deuda.
El trabajador se obliga a realizar aportaciones mensuales al Fondo de Protección de Pagos por el importe de la Cuota Mensual de Aportación al fondo de Protección de Pagos desde la fecha de formalización del Contrato, siempre que tuviere una relación laboral y mientras hubiere Saldo Insoluto del Crédito. (…)
Asimismo, el Trabajador instruye al INFONAVIT de manera expresa e irrevocable para que, por cuenta suya, entregue al Fondo de Protección de Pagos las correspondientes Cuotas Mensuales de Aportación, con cargo a las Suma de Pago Perosnal que el trabajador pague al propio INFONAVIT. (…)
SECCIÓN 2. APORTACIONES COMPLEMENTARIAS. El trabajador estará obligado igualmente a realizar aportaciones complementarias al Fondo de Protección de pagos, si, habiendo perdido tu relación laboral, requiere a éste que efectúe el INFONAVIT el pago de la cobertura que hubiere otorgado en su favor en los términos estipulados en la sección 18.3 del contrato.
Digamos que es un ahorro que el Infonavit te obliga a hacer y darte un seguro de bajo costo para los trabajadores desempleados; fué la forma de que encontró el Instituto para darle la vuelta a la prórroga que terminan endeudando a los trabajadores.
En resumen, el Infonavit tiene un esquema de “FLEXIPAGO POR DESEMPLEO” con 3 Opciones:
- Prórroga (no la recomendamos).
- Fondo de protección de pagos (FPP).
- Hacer un pago en el Régimen Extraordinario de Amortizaciones (REA).
Tres opciones que son adicionales al seguro de vida y seguro de daños que ya tiene tu crédito Infonavit.
Ingeniero con mas de 15 años de experiencia en temas de Infonavit, Cofinavit, Apoyo Infonavit, mejora de hipotecas tanto de Infonavit como con bancos. Comparto información sobre tus derechos como deudor para manejar crisis financieras personales y buscar alternativas para salir de ellas; el estrés y el miedo hacen mucho daño!!!.