Actualizan el Crédito Hipotecario para RIF
Estamos Actualizando las condiciones del crédito que establece el banco para este tipo de crédito al 23 de Agosto 2017: ya existe una opción de crédito hipotecario para RIF, es decir que las personas que están registrados ante el SAT bajo el Régimen de Incorporación Fiscal, ya pueden tramitar un crédito en un banco aunque no tengan ingresos por sueldos y salario o a pesar de no cotizar ante el Infonavit o el IMSS.
Lo anterior se basa en que 3 dependencias como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) y la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI), están implementando un programa llamado “Crezcamos Juntos”.
Con este programa, originalmente se buscaba ampliar la cantidad de contribuyentes que pagan impuestos, pasando de lo informal a la formalidad. Digo “originalmente” porque esa es la principal razón para hacerlo, pero también hay que notar que al volverse “formal”, además de tener que pagar impuestos, también hay algunos beneficios.
Por ejemplo las personas que optaron por el RIF, ya pueden buscar un crédito Hipotecario para comprar su casa o departamento, sin tener que pasar las torturas de tener que acumular un determinado número de semanas cotizadas ante el Infonavit, estar cotizando ante el IMSS o ser asalariado dependiente de una empresa que cotice ante esas dos instituciones.
Con el programa se diseñó un producto de Crédito Hipotecario para apoyar a las Personas Físicas que se incorporen al Régimen de Incorporación Fiscal o mejor conocido como RIF.
Como sabemos, el RIF vino a sustituir a dos tipos de regimen como lo eran REPECO o Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividad Empresarial y el Régimen de Pequeños Contribuyentes.
¿Quienes pueden solicitar el Crédito Hipotecario para RIF?
Todas las personas físicas dadas de alta en el RIF, como son las Tienda de Abarrotes, Restaurantes, Estéticas, Papelerías, Carnicerías, entre otros muchos.
¿Cuáles son las ventajas del Crédito Hipotecario para RIF?
La principal ventaja es que aunque no es la mejor tasa del mercado de los hipotecarios, la realidad es que si tiene una tasa fija bastante competitiva, pues es del 11.34% en pesos, pero su CAT es del 11% ya que en lugar de pagar 12 pagos al año, si pagas puntualmente, el CONAVI y el banco te regalan el 1 mes y tu solo pagas 11 meses por año.
Te pueden prestar hasta el 90% del valor de la casa y la comisión por apertura es del 0%, lo que representa un buen ahorro en los gastos iniciales al solicitar el crédito.
Con un CAT del 11% para todos sus créditos a 15 y 20 años
Los plazos del crédito son los tradicionales de 7, 15 y 20 años
El monto que te presta el banco va de los 100,000 a los 2,700,000 pesos
Los pagos son fijos y no dependen de factores externos como la inflación, el precio del dolar (devaluación) o la TIIE.
Adicionalmente tiene una promoción donde si se paga puntualmente 11 mensualidades, la mensualidad 12 no se tiene que pagar, porque existe una promoción llamada “RECOMPENSA 12 x 1″.
Lo anterior como un incentivo adicional, donde la CONAVI aportará un Subsidio de $47,500 destinado a cubrir las doceavas mensualidades del crédito hasta por un plazo de 10 años. En caso de que este importe se consuma antes de dicho período, el banco participará hasta con 5 pagos para completar lo que haga falta para llegar a los 10 años con 11 pagos mensuales del solicitante y 1 del banco/Conavi. Lo anterior varía dependiendo del monto de la mensualidad.
La Recompensa 12 x 1 se aplicará solo si se cumplen los siguiente requisitos:
- que se hayan pagado de forma puntual las mensualidades del crédito bancario,
- estar al corriente con el SAT en sus obligaciones fiscales y
- que permanezcan inscritos como RIF, es decir que no te puedes dar de baja en RIF mientras tengas el crédito; al menos NO si quieres recibir la promoción de la doceava mensualidad.
- Que no hayan pasado más de 10 años del plazo del crédito.
La mensualidad que te regalarán, será depositada al cliente en automático en el mes 12 si cumple con lo anterior.
El beneficio se cancela de forma definitiva cuando se incumple alguno de los supuestos anteriores, es decir si NO estás dado de alta en SAT, si no estás al corriente con tus obligaciones fiscales o si no pagaste de forma PUNTUAL las mensualidades anteriores.
Otras características del Crédito Hipotecario para RIF son:
- Solo pueden aplicar los contribuyentes dados de alta en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
- Tener ingresos o Ventas mayores al 30,000, pero menores a $2 millones de pesos anuales.
- NO necesitan una antigüedad específica de operaciones, lo que significa que pueden ser clientes recién inscritos en el Sistema de Administración Tributaria (SAT) en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
- No es requisito contar con antecedentes crediticios en Buró de Crédito, aunque si lo tienen, deben ser un buen historial, pues no otorgan este tipo de crédito a las personas que tengan un mal historial crediticio.
Recordemos que una cosa es NO tener historial y otra muy distinta es tener un mal historial. Un punto final es que este crédito hipotcario para RIF solo aplica para persona que NUNCA han tenido subsidio federal y que NO tienen una casa propia.
Ingeniero con mas de 15 años de experiencia en temas de Infonavit, Cofinavit, Apoyo Infonavit, mejora de hipotecas tanto de Infonavit como con bancos. Comparto información sobre tus derechos como deudor para manejar crisis financieras personales y buscar alternativas para salir de ellas; el estrés y el miedo hacen mucho daño!!!.