Es posible Cancelar Deuda con Infonavit por Incapacidad

Es frecuente ver la pregunta de si se puede cancelar Deuda con Infonavit por Incapacidad, y la respuesta correcta sería que depende del tipo de incapacidad, ya que existen al menos 4 tipos de incapacidades, que resulta de combinar 2 clasificaciones por tiempo (Temporal y Permanente) y otras 2 por impacto (Total o Parcial).

Así que primero hablemos de la clasificación de una incapacidad por el tiempo de duración, donde se pueden separar en dos grupos:

  • La incapacidad temporal te impide trabajar durante un periodo de tiempo, y puedes o podrías recuperarte para volver a tus labores. Se produce cuando la capacidad del trabajador para realizar un trabajo está limitada por una lesión temporal.
  • La Incapacidad Permanente te impide volver a trabajar, es decir que un doctor determinó que debido a la lesión o incapacidad sufrida, no podrás volver a trabajar.

La Clasificación de las incapacidades  dependiendo de su impacto son:

  • Incapacidad Parcial es donde el trabajador no puede desempeñar su trabajo en su totalidad, pero si de forma parcial. Si es el caso, se podría reubicar a un puesto y/o función donde su incapacidad NO sea una limitante.
  • La Incapacidad Total es cuando el trabajador ha quedado totalmente imposibilitado para desempeñar sus funciones ya se a de forma temporal o definitiva (permanente).

Ahora la combinación de ambas clasificaciones para poder determinar si es factible cancelar Deuda con Infonavit por Incapacidad.

Incapacidad PERMANENTE total: Si llegaras a tener una incapacidad total permanente que te impida desempeñar cualquier trabajo y cumples con los requisitos legales establecidos, podrás solicitar la liberación de tu adeudo para que posteriormente puedas llevar a cabo el trámite de cancelación de hipoteca.

Requisitos para el Trámite:

  • Credencial de elector o pasaporte vigentes o cédula profesional.
  • Dictamen con carácter definitivo de incapacidad total y con fecha de inicio de padecimiento, emitido por el IMSS, ISSSTE, Profedet o la Secretaría de Salud de tu estado.
  • Una vez que los tengas llama a Infonatel para solicitar la liberación de tu adeudo y posteriormente la cancelación de tu hipoteca.
  • Obtendrás la respuesta a tu solicitud 60 días después de la fecha en que la ingresaste.

Incapacidad PARCIAL permanente: Si llegaras a tener una incapacidad parcial permanente del 50% o más, o una invalidez definitiva, el Infonavit te apoya con una prórroga especial hasta por dos años, durante la cual no tendrás que pagar tu crédito y no se generarán intereses.

Si al término de este tiempo no has vuelto a tener una relación laboral y cumples con los requisitos legales establecidos, podrás solicitar la liberación de tu adeudo y posteriormente llevar a cabo el trámite de cancelación de tu hipoteca.

Importante: Llama a Infonatel o acude a un Cesi para solicitar el autoseguro por invalidez e incapacidad; te pedirán los documentos correspondientes y si cubres con lo que marca el procedimiento, se aplica la prórroga.

Requisitos para el trámite:

  • Credencial de elector o pasaporte vigentes o cédula profesional.
  • Dictamen con carácter definitivo de incapacidad total y con fecha de inicio de padecimiento, emitido por el IMSS, ISSSTE, Profedet o la Secretaría de Salud de tu estado.
  • Una vez que los tengas llama a Infonatel para la liberación de tu hipoteca.
  • Obtendrás la respuesta a tu solicitud 60 días después de la fecha en que la ingresaste.

En resumen, con las combinaciones de esos 4 tipos de incapacidades:

  • Incapacidad Total Permanente =  No puede trabajar y NO podrá volver a hacerlo en un futuro, por lo tanto el trabajador puede solicitar la aplicación del seguro para cancelar el saldo deudor de su crédito Infonavit.
  • Incapacidad Total Temporal = No puede trabajar, pero en un futuro podrá volver a laborar, por lo tanto el trabajador debe seguir pagando las mensualidades de su crédito por su cuenta mientras vuelve a trabajar y entonces le empezarán a hacer descuentos de tu sueldo para pagar las mensualidades del crédito.
  • Incapacidad Parcial Permanente = Puede seguir trabajando pero NO puede desempeñar su función al 100%, y no va a recuperar la capacidad total en un futuro. Puede optar por una prórroga de hasta 2 años  en su crédito, sin cobro de intereses, y si después de es plazo no puede volver a trabajar, entonces tiene la opción de solicitar la cancelación del saldo, si cumple los requisitos que pide el Infonavit.
  • Incapacidad Parcial Temporal = No puede  desempeñar su función al 100%, pero en un tiempo podrá recuperarse y volver a desempeñar su función sin problema. El trabajador debe seguir pagando las mensualidades que se vayan venciendo y cuando vuelva a trabajar será su patrón quien le haga lo descuentos  y aplique las aportaciones patronales.

cancelar deuda con Infonavit por incapacidad

¿Quién puede solicitar una Incapacidad Permanente?

El asegurado que sufra un accidente o enfermedad generada por su trabajo, y que implique la disminución de sus facultades o aptitudes para trabajar (incapacidad parcial) o la pérdida de sus facultades o aptitudes que lo imposibilite para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida (incapacidad total).

La pensión puede ser provisional por un período hasta de 2 años, o definitiva, según lo indique el dictamen médico.

Para cancelar deuda con Infonavit por incapacidad se requiere que sea Permanente.

Ver “¿Quién paga mi crédito Infonavit durante mi incapacidad por Maternidad?