Es posible Cancelar Deuda con Infonavit por Incapacidad
Es frecuente ver la pregunta de si se puede cancelar Deuda con Infonavit por Incapacidad, y la respuesta correcta sería que depende del tipo de incapacidad, ya que existen al menos 4 tipos de incapacidades, que resulta de combinar 2 clasificaciones por tiempo (Temporal y Permanente) y otras 2 por impacto (Total o Parcial).
Así que primero hablemos de la clasificación de una incapacidad por el tiempo de duración, donde se pueden separar en dos grupos:
- La incapacidad temporal te impide trabajar durante un periodo de tiempo, y puedes o podrías recuperarte para volver a tus labores. Se produce cuando la capacidad del trabajador para realizar un trabajo está limitada por una lesión temporal.
- La Incapacidad Permanente te impide volver a trabajar, es decir que un doctor determinó que debido a la lesión o incapacidad sufrida, no podrás volver a trabajar.
La Clasificación de las incapacidades dependiendo de su impacto son:
- Incapacidad Parcial es donde el trabajador no puede desempeñar su trabajo en su totalidad, pero si de forma parcial. Si es el caso, se podría reubicar a un puesto y/o función donde su incapacidad NO sea una limitante.
- La Incapacidad Total es cuando el trabajador ha quedado totalmente imposibilitado para desempeñar sus funciones ya se a de forma temporal o definitiva (permanente).
Ahora la combinación de ambas clasificaciones para poder determinar si es factible cancelar Deuda con Infonavit por Incapacidad.
Incapacidad PERMANENTE total: Si llegaras a tener una incapacidad total permanente que te impida desempeñar cualquier trabajo y cumples con los requisitos legales establecidos, podrás solicitar la liberación de tu adeudo para que posteriormente puedas llevar a cabo el trámite de cancelación de hipoteca.
Requisitos para el Trámite:
- Credencial de elector o pasaporte vigentes o cédula profesional.
- Dictamen con carácter definitivo de incapacidad total y con fecha de inicio de padecimiento, emitido por el IMSS, ISSSTE, Profedet o la Secretaría de Salud de tu estado.
- Una vez que los tengas llama a Infonatel para solicitar la liberación de tu adeudo y posteriormente la cancelación de tu hipoteca.
- Obtendrás la respuesta a tu solicitud 60 días después de la fecha en que la ingresaste.
Incapacidad PARCIAL permanente: Si llegaras a tener una incapacidad parcial permanente del 50% o más, o una invalidez definitiva, el Infonavit te apoya con una prórroga especial hasta por dos años, durante la cual no tendrás que pagar tu crédito y no se generarán intereses.
Si al término de este tiempo no has vuelto a tener una relación laboral y cumples con los requisitos legales establecidos, podrás solicitar la liberación de tu adeudo y posteriormente llevar a cabo el trámite de cancelación de tu hipoteca.
Importante: Llama a Infonatel o acude a un Cesi para solicitar el autoseguro por invalidez e incapacidad; te pedirán los documentos correspondientes y si cubres con lo que marca el procedimiento, se aplica la prórroga.
Requisitos para el trámite:
- Credencial de elector o pasaporte vigentes o cédula profesional.
- Dictamen con carácter definitivo de incapacidad total y con fecha de inicio de padecimiento, emitido por el IMSS, ISSSTE, Profedet o la Secretaría de Salud de tu estado.
- Una vez que los tengas llama a Infonatel para la liberación de tu hipoteca.
- Obtendrás la respuesta a tu solicitud 60 días después de la fecha en que la ingresaste.
En resumen, con las combinaciones de esos 4 tipos de incapacidades:
- Incapacidad Total Permanente = No puede trabajar y NO podrá volver a hacerlo en un futuro, por lo tanto el trabajador puede solicitar la aplicación del seguro para cancelar el saldo deudor de su crédito Infonavit.
- Incapacidad Total Temporal = No puede trabajar, pero en un futuro podrá volver a laborar, por lo tanto el trabajador debe seguir pagando las mensualidades de su crédito por su cuenta mientras vuelve a trabajar y entonces le empezarán a hacer descuentos de tu sueldo para pagar las mensualidades del crédito.
- Incapacidad Parcial Permanente = Puede seguir trabajando pero NO puede desempeñar su función al 100%, y no va a recuperar la capacidad total en un futuro. Puede optar por una prórroga de hasta 2 años en su crédito, sin cobro de intereses, y si después de es plazo no puede volver a trabajar, entonces tiene la opción de solicitar la cancelación del saldo, si cumple los requisitos que pide el Infonavit.
- Incapacidad Parcial Temporal = No puede desempeñar su función al 100%, pero en un tiempo podrá recuperarse y volver a desempeñar su función sin problema. El trabajador debe seguir pagando las mensualidades que se vayan venciendo y cuando vuelva a trabajar será su patrón quien le haga lo descuentos y aplique las aportaciones patronales.
¿Quién puede solicitar una Incapacidad Permanente?
El asegurado que sufra un accidente o enfermedad generada por su trabajo, y que implique la disminución de sus facultades o aptitudes para trabajar (incapacidad parcial) o la pérdida de sus facultades o aptitudes que lo imposibilite para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida (incapacidad total).
La pensión puede ser provisional por un período hasta de 2 años, o definitiva, según lo indique el dictamen médico.
Para cancelar deuda con Infonavit por incapacidad se requiere que sea Permanente.
Ver “¿Quién paga mi crédito Infonavit durante mi incapacidad por Maternidad?“
Ingeniero con mas de 15 años de experiencia en temas de Infonavit, Cofinavit, Apoyo Infonavit, mejora de hipotecas tanto de Infonavit como con bancos. Comparto información sobre tus derechos como deudor para manejar crisis financieras personales y buscar alternativas para salir de ellas; el estrés y el miedo hacen mucho daño!!!.