No puedo pagar mi crédito FONACOT

Fonacot es una buena alternativa para que el trabajador pueda comprar bienes, pero qué pasa cuando un trabajador pierde su empleo y resulta que llega al punto donde nos dice “Ya No puedo pagar mi crédito FONACOT, ¿qué hago?”

La ventaja es que los créditos FONACOT obtenidos después de mayo 2014, cuentan con un SEGURO POR DESEMPLEO de 6 meses, sin importar la causa del la pérdida de la relación laboral.

Adicionalmente, en caso de no poder aplicar el seguro por cualquier causa, o de haber agotado el seguro, el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores o mejor conocido como Fonacot, cuenta con unos Planes de Salida donde el Instituto prevee que cuando un trabajador se queda sin trabajo y no puede pagar su crédito Fonacot, le ofrece 2 alternativas.

a) La primera opción de pago es en sola exhibición con descuento o llamado 70-30: esta opción es un plan que podría servir a las Personas cuyo adeudo es bajo o en el que el trabajador tiene algo de dinero pero no el total. En este caso Fonacot les ofrece que si pagan el 70% del total de la deuda, se cancela el saldo restante; es decir que si pagas el 70% de la deuda te hacen una quita del 30%.

b) La segunda opción de pago es a 20 meses con un pequeño engache y un descuento por cada pago oportuno o llamado 20-20-20: Las personas que no pueden pagar su crédito Fonacot con la primera opicion, pueden reestructurar la deuda de la siguiente forma:

  • Un pago del 20% de la deuda y
  • El resto lo reestructuran a 20 meses,
  • Con la ventaja adicional de que por cada pago puntual que realicen les descuentan un 20%.

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Ambas opciones ofrecen condonación de intereses moratorios, descuentos de capital e intereses, plazos más largos, entre otros beneficios.

Digamos que debes 20,000 pesos y no los puedes pagar, entonces puedes ir a las oficinas del Fonacot y explicar tu situación y buscar un arreglo, donde primero puedes buscar que te condonen los intereses moratorios, multas y recargos. Luego revisa si puedes usar alguna de estas dos opciones:

  • Si tomas la primera, podrías liquidar tu deuda con 14,000 pesos y te condonarían 6,000 si pagas los 14 mil en una sola exhibición.

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  • Si eliges la segunda entonces pagarías 4,000 pesos al inicio y los restantes 16,000 pesos quedarían a 20 meses con pagos de 800.
    • Si esos pagos mensuales los realizas puntualmente entonces en lugar de 800 pesos, pagarías 640 pesos, porque te harían un descuento adicional del 20% en cada pago puntual.

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Si en un mes no puedes pagar puntualmente pierdes el descuento de ese mes, pero lo vuelves o obtener si pagas puntualmente el siguiente mes.

Aunque el programa es general, cada crédito es distinto, por eso lo mejor ir directamente a las oficinas del Fonacot y ahí llevar el trámite sin itermediación de los cobradores, incluso puedes contactarlos por 4 vías:

  • Asistir a alguna de sus oficinas
  • Enviando un mail
  • llamando al 01 800 FONACOT (01 800 366 2268)
  • enviando un Twitter a “@infonacot_”

Requisitos para aplicar por alguno de estos dos esquemas:

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma (IFE, pasaporte o Cédula Profesional)
  • Comprobante de domicilio a nombre del trabajador de fecha reciente del mes o bimestre actual o inmediato anterior (Recibo de agua, CFE, predial, Telefono, Edo. de Cuenta bancario, etc.).

De todos los documentos, se necesita una copia y el original para cotejo. 

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Podrás efectuar los pagos de tus planes de salida en las ventanillas bancarias de los siguientes bancos:

  • Banamex servicio PA002101;
  • HSBC servicio 6775;
  • BANORTE servicio 4102;
  • SANTANDER SERFIN servicio 0142; y
  • SCOTIABANK servicio 2553.

Los créditos contratado a partir del 19 de mayo de 2014, que incluyen seguro para el caso de pérdida de empleo (desempleo) aplicará siempre y cuando se esté sin empleo los 30 días siguientes posteriores al día que se haya quedado sin empleo y cubrirá hasta 6 mensualidades del crédito.

Recuerda que debes pagar el importe exacto a más tardar en la fecha límite de pago para continuar disfrutando del beneficio de la quita otorgada.